La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite siete acciones de inconstitucionalidad contra el primer bloque del llamado “Plan B” en materia electoral, que a finales de 2022 impulsó el Presidente López Obrador a través de su partido, Morena.
El “Plan B”, que consiste en una serie de reformas a leyes secundarias en materia electoral, fue propuesto por el Presidente de México luego de que la Reforma Constitucional en la materia no prosperó en el Congreso de la Unión, debido a que Morena y sus aliados no lograron cosechar ningún voto de la oposición.
Con la admisión de las acciones de inconstitucionalidad, el Ministro Arturo Pérez Dayán -quien preside la Segunda Sala de la Corte- ordenó que se suspendiera la aplicación de un primer bloque del “Plan B” para garantizar la equidad de la contienda en las elecciones que se llevarán a cabo este 2023 en Coahuila y el Estado de México.
Este primer bloque consiste en las reformas hechas a la Ley de Propaganda Gubernamental y la Ley de Responsabilidades Administrativas, que ya entraron en vigor y que implican cambios sustanciales a la forma de hacer campañas pues, entre otras cosas, modifican el concepto de “Propaganda” y permiten que funcionarios públicos en activo puedan pronunciarse sobre temas electorales sin que esto sea considerado un acto de campaña.
Además de este primer bloque, el “Plan B” también contempla reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Ley General de Partidos Políticos, pero éstas continúan en revisión por parte del Senado de la República, pues en noviembre pasado se eliminó la llamada “cláusula de vida eterna” para partidos políticos, que permitía a los integrantes de una coalición transferirse votos, garantizando con ello la cifra mínima para que partidos pequeños pudieran mantener el registro.